sábado, 7 de septiembre de 2013


 
INSTITUTO DE ENSEÑANZA SECUNDARIA “SAN JUAN BOSCO” LORCA
 
 
 
 
 
 
 
 
PROYECTO CURRICULAR
 
DE
 
 
 
CICLOS FORMATIVOS
 
 
 
 
 
                                                                  LA FORMACIÓN PROFESIONAL ESPECÍFICA.
 






1.    Introducción.


1.1.  La LOE y la Formación Profesional.


Hasta el 1.990 año en el que aparece la Ley de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE), la Formación Profesional Reglada, está regulada por la Ley General de Educación de 1.970 (L. G. E.), estructurada en dos ciclos largos, el Primer Grado con dos cursos académicos y el Segundo Grado con tres cursos académicos, contemplando la misma tres vertientes formativas: formación general, formación profesional básica y formación profesional específica.

Esta oferta formativa se configuró como vía alternativa a la general del Bachillerato y C. O. U, anterior a los estudios universitarios y estaba articulada de forma distinta y singular en: centros, planes de estudio, equipamientos y hasta el propio profesorado.

Con el modelo contenido en la LOGSE se producen cambios sustanciales en la estructuración y ordenación de la Formación Profesional Reglada.

En primer lugar se conciben comunes para todos los alumnos, y se integran en el tronco común de las enseñanzas secundarias, impartidas en un único tipo de centros y con una misma tipología del profesorado, las dimensiones relativas a la formación general y a la formación profesional básica.

En segundo lugar, y como consecuencia de lo anterior, se singulariza únicamente la dimensión relativa a la formación profesional específica, estructurándose ésta en ciclos cortos 1400 horas y ciclos largos de 2000 horas, flexibles y organizados modularmente.

En tercer lugar, la LOGSE establece -por primera vez en el ordenamiento de la Formación Profesional Reglada- la obligatoriedad de un periodo de formación en centros de trabajo (módulo de FCT).

En cuarto lugar, la LOGSE concibe el diseño y planificación de la Formación Profesional Reglada de manera participativa entre administraciones educativas y agentes sociales, para conseguir una formación concertada.

Finalmente la Formación Profesional Reglada definida por la LOGSE se ordena y estructura a través de:

-   La Formación Profesional Básica (F. P. B.): conjunto de conocimientos, aptitudes y capacidades básicas, relacionadas con un conjunto amplio de profesiones, que están incluidos en la Enseñanza Secundaria Obligatoria y en el Bachillerato.

-   La formación Profesional Específica (F. P. E.): conjunto de conocimientos, habilidades, capacidades, destrezas y actitudes, (establecidas en los propios proyectos curriculares de los Ciclos Formativos), particularmente vinculados a una determinada competencia profesional, que culmina la preparación para el ejercicio profesional.

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